Novedades legislativas autónomos

NOVEDADES LEGISLATIVAS: Las novedades de la nueva Ley de los Autónomos.

Mucho se ha hablado en los últimos meses respecto de la nueva Ley de los Autónomos y respecto de que novedades y beneficios incluiría a favor de uno de los colectivos de trabajadores más importantes de nuestro país y que más desprotegido ha estado siempre.

Evidentemente, y como siempre pasa ante las modificaciones en la regulación de los colectivos nunca llueve a gusto de todos y nuevamente, parece ser que la nueva ley que fue aprobada de manera definitiva por parte del Senado, justo la semana pasada, vuelve a quedarse corta, pero sin duda incorpora novedades que habían sido reivindicadas por el colectivo hacía tiempo.

Algunas de las medidas que entrarán en vigor el próximo 1 de enero de 2018 y las demás estarán operativas con su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), podríamos desglosarlas en diferentes apartados que detallamos a continuación:

  • Medidas para los emprendedores.
    • Se amplía la tarifa plana de 50€ mensuales a un año para nuevos autónomos o aquellos que no lo hayan sido en los últimos dos años.
    • Las bonificaciones de la tarifa plana se alargan hasta los 24 meses, de los 12 a los 18 meses posteriores se bonifica la cuota en un 50% y de los 18 a los 24 meses posteriores se bonifica la cuota un 30%.
  • Medidas fiscales.
    • Se reducen del 20% al 10% los recargos por retraso en el pago de las cuotas a la Seguridad Social el primer mes.
    • Se podrán deducir un 30% los gastos de suministros, como el agua, la luz y la telefonía, si se trabaja desde casa.
    • Se podrán deducir 26,67 € al día en el IRPF por gasto en comida, cuando afecte directamente a la actividad en territorio español, en el extranjero se incrementa a 48 €.
  • Medidas sobre cotizaciones.
    • Los autónomos solo pagaran desde el día efectivo que se den de alta o de baja en el RETA y no todo el mes como antes.
    • Podrán darse de alta y de baja tres veces en el mismo año.
    • Podrán cambiar hasta cuatro veces en el mismo año su base de cotización.
    • Podrán cobrar el 100% de su pensión y seguir trabajando si tienen al menos un trabajador a su cargo.
  • Conciliación familiar.
    • Los autónomos que sean padres/madres estarán exentos de pagar cuota durante el periodo de baja por maternidad/paternidad, adopción, acogida, …
    • La cuota de autónomos estará íntegramente exenta durante un año por cuidar de menores o dependientes.
  • Medidas sobre la contratación.
    • Se facilita la contratación de hijos discapacitados de los autónomos.
    • La contratación indefinida por parte de los trabajadores autónomos como trabajadores por cuenta ajena de su cónyuge, ascendiente, descendiente y demás parientes por consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado incluido se bonifican las contingencias comunes al 100% en un periodo de 12 meses. Para poderse acoger a esta bonificación será necesario que el trabajador autónomo no haya extinguido contratos de trabajo y mantener el contrato al menos 6 meses.
  • Prevención de riesgos laborales.
    • Se reconoce el accidente in itinere de los trabajadores autónomos, siempre que no coincida con su domicilio.
    • Se mejora la formación en prevención de riesgos laborales en los profesionales autónomos.

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